jueves, 11 de octubre de 2018

Legislación sobre uso de artículos de pirotecnia


La Municipalidad de Azul recuerda que se encuentra vigente la Ordenanza 3993/17 que prohíbe en todo el partido de Azul el uso de pirotecnia de mediano y alto impacto sonoro. 

Además establece la prohibición de la fabricación, tenencia, uso, comercialización o venta al público mayorista o minorista de todo elemento de pirotecnia y cohetería que no haya sido calificado como de "venta libre" por el RENAR.

En tal sentido, se informa que quienes deseen realizar la habilitación del local tienen como plazo límite el 30 de noviembre inclusive; pasada esa fecha no se recepcionarán más solicitudes. Las mismas deben realizarse en la Oficina de Habilitaciones ubicada en Av. 25 de Mayo 623.

En tanto, la venta en lugares habilitados se permitirá entre el 15 de diciembre de 2018 y el 15 de enero de 2019. 

Se recuerda que los únicos elementos autorizados son los calificados como "Venta libre" por el RENAR y todos aquellos que se encuentren dentro de las características A11 (Artificios pirotécnicos de bajo riesgo) y B3 (Artificios pirotécnicos de riesgo limitado) Ley Nacional 24.304.

Por último, se informa a los vecinos que las líneas para denuncias son el 911 (las 24 horas), 103 (24 hs.) y 0800-333-2281 (de lunes a viernes de 7 a 15)


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