miércoles, 24 de octubre de 2018

Legislación sobre viviendas sociales


La Dirección de Regularización Dominial recuerda a la población que la venta o alquiler de viviendas sociales está totalmente prohibida. 

Las mismas se adjudican a grupos familiares que hayan acreditado una necesidad habitacional en forma previa y se encuentran fuera del mercado inmobiliario.

Cabe remarcar que habitar estos inmuebles es una obligación y un compromiso por parte de los beneficiarios, no sólo hacia el Municipio, sino hacia otras familias que también se encuentran en similar estado de necesidad. 

Por ello, los adjudicatarios tienen prohibido ceder, permutar, alquilar, vender o prestar las mismas, tal como surge de las actas de tenencia que extiende el Municipio y/o el Instituto de la  Vivienda de la Provincia de Buenos Aires.

En caso de ausentarse de su vivienda por razones de trabajo o salud, las familias deberán dejar un cuidador y avisar al Instituto de la Vivienda. 

Luego deberán iniciar el trámite de acta de cuidador en la Mesa de Entradas del Instituto (0221) 429-5100, en las delegaciones o por intermedio del municipio. 

El acta tendrá una validez de un año y será renovable por seis meses más. 

El inmueble que no esté escriturado sigue siendo un bien del Estado y la familia beneficiada con la misma debe cumplimentar con la totalidad de las condiciones establecidas en el acta de tenencia; bajo apercibimiento de resultar desadjudicada y excluida de los listados de potenciales beneficiarios de viviendas sociales.

Asimismo ante la aparición de repetidos casos en que se verificó el ofrecimiento de estos inmuebles para su venta o alquiler, violando la normativa vigente, se requiere la estricta observancia de las leyes que rigen las viviendas sociales, a los fines de evitar  perjuicios a beneficiarios e interesados hasta tanto las viviendas se encuentren escrituradas y de esta manera, pueden entrar al mercado inmobiliario.

Esta situación no sólo se está dando en los casos de compra-venta, sino también en casos de alquiler, lo que también está prohibido. 

Se recuerda que las operaciones inmobiliarias relacionadas con inmuebles sociales carecen de validez legal alguna, y de ninguna manera resultan vinculantes para el Estado Municipal.

Por otro lado se informa que a quien no le haya llegado la cuota para el pago de la respectiva vivienda se acerque a la oficina de Regularización Dominial ubicada en Av. 25 de Mayo 619 con la última cuota recibida a fin de poder ingresar al sistema e imprimir la nueva cuota y también se le podrá informar de la existencia de deuda en cada caso.

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